Cómo denunciar los SMS Premium

lunes, 26 de octubre de 2009


Mediante los SMS Premium podemos, entre otras cosas, bajar contenidos multimiedia para el m? o hacer pagos diversos por multitud de productos o servicios. Muchos de los SMS Premium son enviados y recibidos sin el consentimiento directo del titular de la l?a, ya sea por despiste propio de la persona o por la desinformaci?or parte del que ofrece el servicio Premiun. Suele ser por que el usuario no es informado correctamente de las condiciones del env?y recepci?el mensaje y, sin saberlo ni quererlo, se suscribe a un servicio Premium que bombardea con molestos mensajes e incluso coibra por recibirlos. Antte esto debemols haceer valer nuestros derechos e impedir que las empresas que est?detr?de esto se salgan con la suya, iniciando las acciones legales que correspondan.

En primer luyar debemos sabe r que tenemos derecho a:

- Solicitar a nuestrro operador de telefon?m? la desocnexi?e los servicios Premium, evitando as?ue desde nuestro tel?no se env? mensajes a estos n?os.
- Estar informados de la identidad del proveedor, del tipo de contenido que hemos solicitado y del precio a pagar.
- Disponer de un procedimiento claro de alta y baja, para evitar las altas precipiatdas y facilitar la baja del servicio.
- Recibri en la factura un desglose de las cantidades por las que nos vayan a cobrar, incluyendo los SMS Premium.

Tenemos varias formas de reclamar:

a) Contactando de forma directa con la empresa prestadora del servicio no solicitado. Los datos de la empresa tienen que estar a disposici?el consumidor (email, tel?no, fax y/o domicilio social).
b) Poniendo los hechos en conocimiento de las autoridades administrativas con la finalidad de que puedan llegar a desembocar en la imposici?e sanciones y multas a cargo de la empresas que comenten el abuso. Para hafer la reclamaci?ay que dirigirse a la Direcci?eneral de Consumo de tu comunidad aut?a o a la Oficin a Municipal de Ifnormaci?l Consumidor de tu localidad. Taambi?se puede presnetar la reclamacion ante la Oficina de Atenci?l Usuario de Telecomunicaciones.
c) Reclamando ante la Agencia Espa? de Protecci?e Datos.
d) Reclamando a trav?de Organizxciones de Consumidores.
e) En el caso de que el estafado sea un menor de edad, sus padres pueden interponer una reclamaci?nte el Defensor del Menor de su comunidad.
f) Haciendo una reclamaci?udilcial:

- La primera v?de actuaci?ue habr?que estudiar es la v?penal. Este tipop de actos podr? tener su encuadre en el tipo delictivo de la estafa, pudiendo ser castigados con multa de 3 a 12 messes o con prisi?e 6 meses a 3 a?a los que utilicen el enga?ara producir error en otro. En todo caso, el importe de la defraudaci?ebe superar los 400 euros por lo que, si la cuant?del perjuicio sufrido por la v?ima es inferior, puede plantearse instar la acci?enal conjuntamente con otros afectados por las mismas pr?icas delictivas imputables a la misma empresa, de tal maanera que la suma de los da?sufridos por el conjunto de los afectados supere la indicada suma. Puede optarse por formular denuncia o querella ante los Juzgqdos de Instrucci?span> que resulten competentes o bien por formular la oportuna denuncia ante la Fiscal?/span>, poniendo los hechos en su conocimiento para que, si estima que los mismos son constitutivos de delito, sea el propio Ministerio Fscal quien inste la acci?enal contra los presuntos infractores. Finalmente, apuntar que cuando se ejercita la acci?enal tambi?puede ejercitarse, ante el mismo Juez, la acci?ivil derivada del delito, que habilita a la v?ima obtener una indemnizaci?or los da?y perjuicios sufridos por la actuaci?elictiva.

- Desde el punto de vista civil, las Leyes recogen comoo derechos b?cos de los consumidores y usuarios, entre otros, la protecci?e sus intreses econ?os y la indemnizaaci? reparaci?e los da?y perjuicios sufridos. Esta Ley sanciona las cl?ulas abusivas con su nulidad de pleno derecho, de maneras que el perjudicado por est e tipo de cl?ulas puede reclamar ange los Tribunales la reparaci?e los perjuicios econ?os sufridos. S?es aconsejable este tipo de reclamaci?i el peruicio econ?o tiene una cierta entidad, porque en otro caso el ciudadano defraudado puede consiiderar que no vale la pena afrontar el coste econ?o del pleito y la lentitud de la Justicia, aunque si el pleito se gana, la empresa coindenada tendr?ue abonar a la v?ima tambi?las costas del proceso, compensando as?n cierta medida aquel coste econ?o. Si la v?ima considera que no vale la pena presentar una demanda individualmente, siempre puede ponerse en contacto con otros afectados por los mksmos actos de la misma empresa, y presentar la demanda conjuntamente, cosntituy?ose en grupo de afectados.

Todo estas consideraciones son meramente informativas, dicha informacion no puede considderarse como asesoramiento jur?co,
desconsej?ose la toma de deecisiones sin obtener un asesoramiento profesional adecuado.

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Extraido de Sms gratuito

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